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Normativa

Importar en Canarias: IGIC, AIEM y por qué un envío desde Madrid es una exportación

Canarias, Ceuta y Melilla son España, pero no a todos los efectos fiscales y aduaneros. Ordenamos qué se aplica en cada territorio, por qué un envío de la Península a Canarias necesita trámites de exportación e importación y qué impuestos se pagan al llegar.

Publicado el 13 de octubre de 2026 · 4 min de lectura

El mapa: tres capas

Para saber qué pasa con una mercancía hay que mirar tres capas por separado: la unión aduanera, el territorio de aplicación del IVA y el de los impuestos especiales armonizados. Los territorios españoles no caen igual en las tres.

Península y BalearesCanariasCeuta y Melilla
Unión aduaneraSíSíNo
IVASíNo: IGIC y AIEMNo: IPSI
Arancel de importación desde terceros paísesArancel común de la UniónArancel común de la UniónNo se aplica (fuera de la unión aduanera)

El código aduanero de la Unión incluye en el territorio aduanero el de España, excepto Ceuta y Melilla (art. 4). La Directiva del IVA excluye de ese impuesto a Canarias aunque forme parte del territorio aduanero, y a Ceuta y Melilla por no formar parte. La Ley del IVA recoge las dos exclusiones en su artículo 3.

Por qué de Madrid a Tenerife es una exportación

Como Canarias está fuera del territorio del IVA, la entrega de bienes que se expiden de la Península a Canarias funciona como una exportación exenta de IVA (art. 21 de la Ley del IVA). Al llegar a Canarias, esos mismos bienes hacen una importación a efectos del IGIC: la Ley 20/1991 considera importación la entrada de bienes en Canarias procedentes de territorios terceros, y entre ellos cuenta la Península y Baleares (art. 8).

La mercancía sigue siendo de la Unión: no paga aranceles al llegar a Canarias. Pero el Reglamento Delegado 2015/2446 exige formalidades de exportación para la mercancía de la Unión que va a un territorio donde no se aplican las directivas del IVA y de los impuestos especiales, o que viene de él (art. 134). Por eso un envío nacional entre la Península y las islas lleva declaraciones en origen y en destino.

El IGIC en la importación

El Impuesto General Indirecto Canario grava las entregas de bienes, las prestaciones de servicios y las importaciones de bienes en Canarias. Su gestión, liquidación, recaudación e inspección corresponden a la Comunidad Autónoma de Canarias, también en puertos y aeropuertos, sin perjuicio de las competencias de la aduana (art. 62 de la Ley 20/1991).

La normativa canaria del IGIC y del AIEM está refundida en el Decreto Legislativo 1/2025, que derogó la antigua Ley 4/2014 del AIEM. Los tipos vigentes desde el 1 de enero de 2026 son:

TipoPorcentaje
Cero0 %
Específico (petróleo, productos del refino y gas)1 %
Superreducido3 %
Reducido5 %
General7 %
Incrementados9,5 % y 15 %
Especial20 %

Las importaciones tributan al mismo tipo que la entrega de bienes de la misma naturaleza. Ojo con la nomenclatura: el 3 % se llama ahora superreducido y el 5 % reducido; muchas guías siguen usando los nombres anteriores.

El AIEM

El Arbitrio sobre Importaciones y Entregas de Mercancías en las Islas Canarias grava las entregas que hacen los productores canarios y la importación de los bienes de una lista cerrada. Su objetivo es proteger la producción local de las islas, que puede quedar exenta o pagar menos.

Esa ventaja para los productos locales necesita una autorización de la Unión: la Decisión (UE) 2020/1792 la concede hasta el 31 de diciembre de 2027, con un diferencial máximo del 15 % y un límite de ventaja fiscal anual. Los productos gravados y sus tipos están en el anexo del texto refundido de 2025.

Depósitos y zonas francas en Canarias

La Ley 20/1991 declara exentas del IGIC las entregas de bienes que están en depósito temporal, zona franca, depósito aduanero y otras situaciones suspensivas mientras permanezcan en ellas, y del AIEM las de bienes en zonas francas y depósitos. El AIEM de estos bienes se devenga cuando salen.

Ceuta y Melilla: otra historia

Ceuta y Melilla están fuera de la unión aduanera y del IVA. Allí se aplica el IPSI, un impuesto indirecto municipal sobre la producción, los servicios y las importaciones, con tipos que fija cada ciudad entre el 0,5 % y el 10 %. Un envío entre la Península y Ceuta o Melilla es, a efectos aduaneros, un intercambio con un territorio de fuera de la Unión.

Errores frecuentes

  • Repercutir IVA en una venta con destino a Canarias en lugar de tratarla como exportación.
  • Olvidar el AIEM cuando el producto está en la lista.
  • Citar la Ley 4/2014 del AIEM, que está derogada.
  • No conservar las declaraciones de exportación, que justifican la exención del IVA.
  • Aplicar la misma clasificación y los mismos impuestos en todos los territorios sin comprobar cuál corresponde a cada uno.

Fuentes

  1. Reglamento (UE) n.º 952/2013, código aduanero de la Unión (art. 4, territorio aduanero) · EUR-Lex
  2. Ley 37/1992, del Impuesto sobre el Valor Añadido · BOE
  3. Ley 20/1991, de modificación de los aspectos fiscales del Régimen Económico Fiscal de Canarias · BOE
  4. Decreto Legislativo 1/2025, de 13 de octubre, texto refundido de las normas canarias del IGIC y del AIEM · BOE (BOC)
  5. Decisión (UE) 2020/1792 del Consejo, relativa al AIEM · EUR-Lex
  6. Reglamento Delegado (UE) 2015/2446 (art. 134) · EUR-Lex
  7. Ley 8/1991, del Impuesto sobre la Producción, los Servicios y la Importación en Ceuta y Melilla · BOE

Este artículo es divulgativo y no sustituye la consulta del texto oficial ni el consejo de un profesional.

Preguntas frecuentes

Preguntas frecuentes

¿Canarias está en la Unión Europea a efectos aduaneros?

Sí. Canarias forma parte del territorio aduanero de la Unión, pero está excluida del IVA. En su lugar se aplican el IGIC y el AIEM.

¿Cuál es el tipo general del IGIC?

El 7 %, según el texto refundido del Decreto Legislativo 1/2025 en su redacción vigente desde el 1 de enero de 2026.

¿Un envío de la Península a Canarias lleva IVA?

No. Funciona como una exportación exenta de IVA, y al llegar a Canarias se paga el IGIC de la importación y, si corresponde, el AIEM.

¿Sigue vigente la Ley 4/2014 del AIEM?

No. La derogó el Decreto Legislativo 1/2025, que refunde la normativa canaria del IGIC y del AIEM.

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