De la propuesta de 2023 al reglamento de 2026
La Comisión presentó la reforma en mayo de 2023 (COM(2023) 258). El Parlamento fijó su posición en marzo de 2024, el Consejo llegó a un acuerdo político en noviembre de 2025 y las dos instituciones cerraron el texto en marzo de 2026.
El resultado es el Reglamento (UE) 2026/2108, de 16 de septiembre de 2026, que establece el código aduanero de la Unión y la Autoridad Aduanera de la Unión Europea y deroga el Reglamento (UE) 952/2013. Se publicó el 19 de septiembre y entró en vigor al día siguiente.
El calendario
| Fecha | Qué ocurre |
|---|---|
| 20 de septiembre de 2026 | Entrada en vigor. Se aplican ya, entre otras, las reglas de la Autoridad Aduanera, las del Data Hub y algunas definiciones del comercio electrónico. |
| 21 de septiembre de 2027 | Aplicación general del nuevo código. El de 2013 deja de aplicarse, aunque sus actos de desarrollo siguen hasta que se sustituyan. |
| 1 de julio de 2028 | El Data Hub es obligatorio para las ventas a distancia y los usuarios de IOSS. |
| 1 de marzo de 2031 | El resto de importadores, exportadores y titulares de tránsito pueden usar el Data Hub de forma voluntaria. |
| 1 de marzo de 2034 | El Data Hub es obligatorio para todos. |
Las fechas salen del artículo 287 del reglamento y de la guía de la DG TAXUD. Hasta que llegue el turno de cada operador, la declaración en aduana sigue existiendo.
El Data Hub: de declarar envíos a compartir datos
Hoy cada operación se declara en el sistema nacional de cada país. El EU Customs Data Hub será un entorno común en el que los operadores aportan los datos de la mercancía y de la cadena de suministro, y las aduanas los usan para el control. La idea de fondo es que el dato se aporte una vez, lo antes posible y por quien mejor lo conoce.
La implantación es larga a propósito: primero el comercio electrónico (2028), después el resto de operadores de forma voluntaria (2031) y obligatoria (2034). Para una empresa logística, la consecuencia práctica es que conviene tener los datos de cada operación estructurados y completos desde el origen, porque el modelo de presentación va a cambiar.
La Autoridad Aduanera de la UE
El reglamento crea la Autoridad Aduanera de la Unión Europea, con sede en Lille (Francia). Según la Comisión, se pondrá en marcha en 2027. Coordinará la gestión del riesgo entre Estados miembros y podrá encargarse del Data Hub. Las aduanas nacionales siguen haciendo los controles y el despacho.
Del declarante al importador
El código de 2013 gira en torno al declarante: quien presenta la declaración en nombre propio o en cuyo nombre se presenta, y puede actuar con representación directa o indirecta. El nuevo código pone en el centro la figura del importador, con obligaciones propias y una sola persona importadora a la vez.
Se mantienen las dos formas de representación, pero cambia el reparto de responsabilidad del representante indirecto: si el importador está establecido en la Unión, responde solidariamente con él; si no lo está, el representante indirecto pasa a ser considerado importador. Para transitarios y agentes de aduanas que trabajan para clientes de fuera de la UE, esto es un cambio de riesgo que conviene revisar en los contratos antes de septiembre de 2027.
Trust and Check
El reglamento crea el estatus Trust and Check para importadores, exportadores y representantes indirectos establecidos en la Unión que acrediten una trayectoria de cumplimiento y un buen control de sus registros. Su sentido es que las aduanas confíen más en los datos de quien demuestra hacerlo bien y concentren los controles en el resto.
Comercio electrónico: fin de la franquicia de 150 euros
La reforma llega con cambios ya aplicados para los envíos de poco valor. El Reglamento (UE) 2026/382 del Consejo suprimió la franquicia de derechos para los envíos de hasta 150 euros. Entre el 1 de julio de 2026 y el 1 de julio de 2028 se aplica un derecho temporal de 3 euros por artículo a esos envíos, mientras el Data Hub no esté operativo para el comercio electrónico.
La Comisión ha adoptado además una tasa de gestión de 2 euros por artículo, que según sus previsiones se aplicará desde el 1 de noviembre de 2026, cuando termine el examen del Parlamento y del Consejo.
Lo que sigue igual por ahora
Mientras se aplica el nuevo código, la operativa técnica sigue la del código de 2013 y los sistemas electrónicos que lo desarrollan:
- ICS2, el sistema de control de importación, cubre ya el transporte marítimo, aéreo, por carretera y por ferrocarril.
- NCTS fase 5 es el sistema de tránsito en funcionamiento.
- En España, la declaración de importación es la H1 del nuevo sistema de la AEAT, con mensajes como el CC415A para el alta de la declaración (guía de escenarios).
Cómo prepararse
- Revisa los contratos de representación indirecta con clientes no establecidos en la Unión antes del 21 de septiembre de 2027.
- Ordena los datos de cada operación (partes, mercancía, documentos, origen) para que se puedan aportar una sola vez y reutilizar.
- Conserva el histórico de clasificaciones arancelarias y de declaraciones: el control se va a apoyar cada vez más en la trayectoria del operador.
- Sigue los actos de desarrollo, que irán fijando los procedimientos de Trust and Check y del Data Hub.
Fuentes
- Reglamento (UE) 2026/2108, por el que se establece el código aduanero de la Unión y la Autoridad Aduanera de la Unión Europea · EUR-Lex
- EU Customs Reform · Comisión Europea, DG TAXUD
- Guía de la DG TAXUD sobre la entrada en vigor del nuevo código aduanero (5-10-2026) · Comisión Europea
- Documento ST 13480/26 · Consejo de la Unión Europea
- Propuesta COM(2023) 258 final · EUR-Lex
- Reglamento (UE) n.º 952/2013, por el que se establece el código aduanero de la Unión · EUR-Lex
- ICS2 se extiende al transporte por carretera y ferrocarril · Comisión Europea
- NCTS fase 5 · Comisión Europea
- Escenarios de importación CAU (guía técnica) · Agencia Tributaria
Este artículo es divulgativo y no sustituye la consulta del texto oficial ni el consejo de un profesional.